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Consulados de Países Hispanohablantes en Turquía

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Derecho societario

Abrir una empresa en Turquía siendo extranjero

Un inversor extranjero puede constituir y dirigir una sociedad turca en las mismas condiciones que un nacional, y transferir libremente al exterior beneficios, dividendos y el producto de la venta o liquidación.

Nos ocupamos de la estructura, los estatutos, el registro y, sobre todo, de los documentos que protegen al socio extranjero cuando la relación con el socio local se complica.

01

Sociedad limitada o anónima

  • Sociedad limitada (Ltd. Şti.): capital mínimo de 50.000 TL. Es la forma más habitual para pymes y filiales.
  • Sociedad anónima (A.Ş.): capital mínimo de 250.000 TL, o 500.000 TL de capital inicial en el régimen de capital autorizado. Adecuada para proyectos con inversores o salida futura.
  • Sucursal u oficina de enlace: alternativas para empresas extranjeras que no necesitan una sociedad independiente.
02

Pasos para constituirla

  • Número fiscal turco para cada socio y administrador extranjero.
  • Documentos extranjeros (pasaportes, poderes, documentos de la sociedad matriz) con apostilla y traducción jurada.
  • Estatutos y registro en el Registro Mercantil a través del sistema MERSİS.
  • Desembolso del capital: en la sociedad anónima debe ingresarse al menos el 25 % del capital en efectivo antes del registro; en la limitada no se exige antes del registro.
  • Cuenta bancaria y alta fiscal.
  • Contabilidad y obligaciones periódicas con un asesor fiscal local.

La mayoría de estos pasos pueden hacerse con un poder notarial, sin que usted tenga que viajar.

03

Pacto de socios y transmisión de participaciones

Cuando hay un socio turco, el pacto de socios es tan importante como los estatutos: mayorías, vetos, bloqueo, salida, valoración y no competencia. En la transmisión de participaciones la precisión es esencial: un tribunal regional confirmó que una cesión notarial redactada como «10 participaciones» no podía reinterpretarse como «10 %» mediante testigos. Un error de redacción puede costar el control de la sociedad.

04

Si surge un conflicto

En los litigios mercantiles de contenido económico la mediación previa es obligatoria antes de demandar. Diseñamos desde el inicio cláusulas de resolución de conflictos (mediación, arbitraje ISTAC, tribunales de Estambul) que sean realmente ejecutables.

Preguntas frecuentes

¿Necesito un socio turco?

No. Un extranjero puede ser socio y administrador de una sociedad turca en igualdad de condiciones con los nacionales.

¿Cuál es el capital mínimo?

50.000 TL para la sociedad limitada y 250.000 TL para la anónima (500.000 TL en régimen de capital autorizado).

¿Tengo que viajar para constituirla?

No necesariamente: con un poder notarial apostillado podemos realizar los trámites en su nombre.

¿Puedo repatriar los beneficios?

Sí, los beneficios, dividendos y el producto de venta o liquidación pueden transferirse libremente al exterior a través de bancos.

¿La empresa me da derecho a residir?

La sociedad no da residencia automáticamente; según el caso, puede solicitarse un permiso de trabajo o de residencia vinculado a la actividad.

Base legal: Código de Comercio Turco n.º 6102, arts. 332, 344, 580 y 585 (importes según Decreto Presidencial 7887 de 2023) y art. 5/A (mediación obligatoria, Leyes 7155 y 7445). Ley de Inversión Extranjera Directa n.º 4875, art. 3. Tribunal Regional de Adana (BAM), 9.ª Sala Civil, E.2021/1127, K.2024/1338, de 17/07/2024.

Información general actualizada a octubre de 2026. Los requisitos y los importes pueden cambiar; confirme su caso concreto antes de realizar pagos o firmar documentos.

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Le atendemos directamente en español. Envíenos un resumen de su situación y le respondemos con los pasos y el presupuesto.