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Recobro y ejecución

Cobro de deudas en Turquía para acreedores extranjeros

El sistema turco permite iniciar una ejecución contra el deudor sin sentencia previa. Bien utilizado, es una de las herramientas de cobro más rápidas de Europa; mal utilizado, una simple oposición del deudor lo paraliza.

Analizamos su documentación, elegimos la vía adecuada y llevamos el procedimiento hasta el embargo y el cobro, informándole en español.

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Ejecución sin sentencia (icra takibi)

La oficina de ejecución notifica al deudor una orden de pago. El deudor tiene 7 días para pagar o formular oposición. Si se opone, la ejecución se detiene y el acreedor debe actuar:

  • Acción de anulación de la oposición (itirazın iptali): en el plazo de 1 año; si prospera, el deudor puede ser condenado a una indemnización de al menos el 20 % de la deuda.
  • Levantamiento de la oposición (itirazın kaldırılması): en 6 meses, cuando la deuda consta en un reconocimiento firmado o documento oficial.
  • Letras, pagarés y cheques: procedimiento cambiario con plazo de pago de 10 días y solo 5 días para que el deudor se oponga ante el juzgado.
02

Documentos que facilitan el cobro

Un reconocimiento de deuda ante notario o un acuerdo de mediación firmado por los abogados y el mediador se ejecutan como una sentencia. Por eso, en muchas negociaciones con deudores turcos lo más rentable es convertir el acuerdo en un título ejecutivo.

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Mediación obligatoria

En los litigios mercantiles de contenido económico —cobro de facturas, indemnizaciones, anulación de la oposición— es obligatorio acudir a mediación antes de demandar. El procedimiento dura en principio 6 semanas, prorrogables 2 más, y suspende la prescripción. La parte que no acude sin causa a la primera reunión paga la mitad de las costas de la contraria aunque gane el pleito y solo percibe la mitad de los honorarios legales de abogado.

04

Deudas en moneda extranjera

Una deuda en euros o dólares puede reclamarse en la moneda pactada, pero la solicitud de ejecución debe indicar su contravalor en liras turcas; el Tribunal Supremo ha confirmado la inadmisión de ejecuciones que omitieron este requisito.

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Sentencias y laudos extranjeros

Una sentencia extranjera solo puede ejecutarse en Turquía después de que un tribunal turco conceda el exequátur (tenfiz), comprobando la reciprocidad, la competencia, el orden público y el respeto del derecho de defensa.

Preguntas frecuentes

¿Necesito una sentencia para reclamar?

No. Puede iniciarse una ejecución sin sentencia; solo si el deudor se opone habrá que acudir al juzgado.

¿Cuánto tiempo tiene el deudor para oponerse?

7 días desde la notificación de la orden de pago; 5 días si la ejecución se basa en letra, pagaré o cheque.

¿Se ejecuta en Turquía mi sentencia española o latinoamericana?

Sí, después de obtener el exequátur (tenfiz) ante un tribunal turco.

¿Es obligatoria la mediación?

Sí en los litigios mercantiles de contenido económico, antes de presentar la demanda.

¿Puedo reclamar en euros?

Sí, pero en la ejecución debe indicarse el contravalor en liras turcas.

Base legal: Ley de Ejecución y Quiebra n.º 2004 (İİK), arts. 38, 60, 62, 67, 68, 167 y 168. Código de Comercio Turco n.º 6102, art. 5/A; Ley de Mediación en Litigios Civiles n.º 6325, arts. 18/4 y 18/A. Ley de Derecho Internacional Privado y Procesal n.º 5718 (MÖHUK), arts. 50 y 54. Tribunal Supremo (Yargıtay), 11.ª Sala Civil, E.2023/4310, K.2024/4281, de 23/05/2024.

Información general actualizada a octubre de 2026. Los requisitos y los importes pueden cambiar; confirme su caso concreto antes de realizar pagos o firmar documentos.

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